En los tiempos que corren en los que para la mayoría un sólo empleo no es suficiente para vivir, es común plantearse la idea de desarrollar también una actividad por cuenta propia y así aumentar la economía personal o familiar.
Ante esto, surge la duda de si es posible darse de alta como autónomo si ya estas contratado como trabajador en otra empresa, y la respuesta es si, si es posible.
Comenzamos a hablar entonces de la pluriactividad. La pluriactividad es la situación en la que una persona lleva a cabo varias actividades económicas, cotizando en Régimenes diferentes de la Seguridad Social.
En estas cotizaciones por pluriactividad debemos tener en cuenta que:
– Podemos elegir el no cotizar por algunas coberturas que se duplicarían en caso de pluriactividad, como por ejemplo por incapacidad temporal como trabajador autónomo. En caso de baja por enfermedad, al estar ya cubierto como trabajador contratado, no sería necesario, y podrías reducir tu cuota como autónomo. Aunque si mantienes la cotización por las dos partes, también cobrarías las dos prestaciones.
– Puedes ser beneficiario de bonificaciones que reducirían considerablemente la cuota como autónomos, al poder elegir una base de cotización menor a la mínima. Para ello, tendrías que figurar ya como trabajador por cuenta ajena al darte de alta como autónomo por primera vez.
Ahora bien, estas bonificaciones no son compatibles con la tarifa plana de autónomos, la cual puede convenir más.
– Si tu empresa contratante te hizo firmar un contrato de exclusividad, lo más recomendable es cancelar ese contrato, a sabiendas que es posible que la empresa pueda romper también la relación laboral.
– Si se ha producido un exceso de cotización por contingencias comunes de más de 13.822,06€, tienes derecho a una devolución por dicho exceso del 50%.
– A la hora de la jubilación, tendrías derecho a percibir dos pensiones siempre y cuando se cumplan todos los requisitos en ambos regímenes. En caso de que no fuera así, esas cotizaciones no se pierden, se acumulan con las del régimen válido para la pensión.
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