¿ Qué es la Declaración de la Renta ?
Parece una pregunta obvia. Año tras año la mayoría de las personas, trabajadoras o no, están obligadas a presentar este modelo de impuestos tan conocido, pero del que no siempre conocemos su porqué y su objetivo.
La declaración de la renta o IRPF ( Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ) es un impuesto que se solicita a las personas físicas, entendiendo como tal todas las «personas humanas» ( las personas jurídicas serían las sociedades mercantiles de empresas, que gravan sus propios impuestos específicos ), en relación a las ganancias netas ( beneficios que quedan después de restar ingresos menos gastos deducibles ) que hayan obtenido durante ese periodo anual.
Esos beneficios pueden provenir de diferentes fuentes: nóminas de trabajadores por cuenta ajena, trabajadores por cuenta propia o autónomos, prestaciones públicas como desempleo o pensiones, premios de lotería o concursos, fondos de inversión, rentas de capital…..
De esta forma, son muy pocos los que pueden librarse de presentar este impuesto, aunque las excepciones a grandes rasgos, según la Agencia Tributaria, serían las siguientes:
– Rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:
a) Siempre que procedan de un solo pagador.
b) Cuando existan varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros.
c) Cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas (pensiones de la Seguridad Social y de clases pasivas, prestaciones de planes de pensiones, seguros colectivos, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, Planes de previsión asegurados y prestaciones de seguros de dependencia), siempre que la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido (a solicitud del contribuyente mediante presentación del modelo 146).
– Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
– Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
¿ Para qué se utilizarán las cantidades recaudadas en este impuesto ?
El IRPF es uno de los medios principales de recaudación, junto con el IVA, de la Agencia Tributaria. El objetivo de esta recaudación es satisfacer los gastos públicos del país, que según la administración, están divididos en:
– Servicios generales de las administraciones públicas.
– Defensa.
– Orden Público y seguridad (Policia, bomberos, prisiones..).
– Asuntos económicos ( agricultura, pesca, comunicaciones, energía..).
– Medio ambiente.
– Vivienda y servicios comunitarios.
– Salud.
– Actividades recreativas, cultura y religión.
– Educación y protección social.
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