La Orden SND/399/2020 de 9 de mayo publicada en el B.O.E que hace referencia a la
flexibilización de las medidas tomadas con objeto de la proclamación del estado de
alarma, recoge también las medidas generales de higiene y seguridad para trabajadores
y ciudadanos en general.

1. Medidas de higiene y prevención para los trabajadores de todas aquellas empresas
que puedan ejercer su actividad durante la fase 1.

-Los empresarios deberán asegurarse de que los trabajadores tengan a su disposición
geles hidroalcohólicos o desinfectantes con acción virucida, registrados y reconocidos
por el Ministerio de Sanidad, o agua y jabón en su defecto.
Se mantendrá una distancia de seguridad de 2m siempre que sea posible. Si no fuese el
caso, se les proporcionará un equipo de protección adecuado al nivel del riesgo.

-Prevalece la prefencia del teletrabajo en todas aquellas actividades que sea posible.

-Se modificarán medios de fichaje, sustituyendo las que necesiten de contacto físico
con cualquier soporte, así como horarios de trabajo, turnos..para aseguran que los
trabajadores presentes puedan guardar la distancia de 2m de seguridad, en sus puestos
de trabajo y en todas las zonas comunes: vestuarios, pasillos, aseos..

-En caso de que algún trabajador presentase síntomas compatibles con la enfermedad,
se avisará al centro de salud correspondiente o el servicios de riesgos laborales. El
trabajador deberá extremar las medidas de higiene y seguridad hasta que un profesional
sanitario valore el caso.

2. Medidas de higiene en el lugar de trabajo.

-El empresario será el encargado de asegurarse de que en los lugarares y centros donde
se desarrolle la actividad se lleven a cabo medidas de limpieza y desinfección acordes
con el uso que se da de los elementos que lo componen:
suelos,puertas, pasamanos, enchufes, teléfonos, carros, mesas, grifos….

-Se utilizarán diluciones con lejía( 1:50) o cualquier otro desinfectante con acción
virucida registrado y reconocido por el Ministerio de Sanidad.
Tras cada limpieza, los equipos de protección y limpieza que se hayan utilizado serán
desechados, y se procederá de un lavado de manos con agua y jabón.

-La ropa de trabajo, uniformes y cualquier prenda que se utilice en el puesto de trabajo
se lavarán y desinfectarán diariamente a una temperatura de entre 60 y 90ª.

-Se procederá a la ventilación diaria de las instalaciones y por un tiempo mínimo de 5
min.

-Se recomienda el uso de las escaleras en vez del ascensor, siempre que sea posible, y
en este caso, la ocupación será de una sola persona, al igual que en el uso de los aseos y
lavabos, a excepción de aquellas que necesten de asistencia o ayuda para el uso de las
instalaciones.

-La forma preferible de pago será mediante tarjeta u otros formatos digitales, evitando
el dinero en efectivo, y se desinfectarán y limpiarán los terminales de pago y TPVs
después de cada uso.

-Se colocarán papeleras, con tapa y pedal a ser posible, y se vaciarán las bolsas y
desinfectarán de forma frecuente y, como mínimo, una vez al día.

3.Medidas de seguridad e higiene generales en espacios que habran al público.

-Los clientes permanecerán en el establecimiento tan solo el tiempo estrictamente
necesario.

-Los espacios que comprendan las instalaciones de los establecimientos y locales que
abran al público, se limpiarán y desinfectarán al menos dos veces al día, prestando
mayor atención a las superficies de contacto frecuente: pomos, mesas, grifos,
interruptores,sillas, carros, mostradores, vitrinas, TPV, mamparas, lámparas, máquinas
de servicio o venta automático…
así como cada puesto de trabajo.

-Los aseos para clientes no podrán usarse, a no ser que sea extrictamente necesario. Si
así fuese, se procedería a la desinfección de todo el espacio inmediatamente después de
su uso.

-La distancia de seguridad entre cliente y vendedor, o vendedor y proveedor, será de 2
m si carece de medidas especiales de protección, como mamparas, y de 1 m si
dispusiera de ellas.
Para aquellas actividades donde no sea posible guardar la distancia para ofrecer el
servicio al cliente, se utilizarán equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
Siempre se mantendrá la distancia de seguridad de 2 m entre clientes.

-Se pondrá al servicio del clientes, a la entrada del establecimiento, geles
hidroalcohólicos o desinfectantes con acción virucida, registrados y reconocidos por el
Ministerio de Sanidad, y se evitará la manipulación de los productos por parte del
cliente,designándose una persona para este fin.
Si los productos fuesen textiles y en caso de prueba o devolución, se procederá la la
higienización del producto. No se permite poner otros productos de prueba como
perfumes o similares.

-Para los establecimientos de hostelería, se guardarán las mismas medidas de
desinfección y limpieza nombradas anteriormente, evitando los elementos de uso común
como cartas, servilleteros, vinagreras, saleros…

-La mantelería se preferirá de un solo uso, o en caso de textiles,se procederá a su lipieza
y desinfección después de cada uso a una temperatura de entre 60 y 90º.
La vajilla, cubertería, cristalería y mantelería se guardará en lugar cerrado y lejos del
paso de clientes y trabajadores.

4.Medidas de seguridad e higiene generales para los ciudadanos.
Como complemento a las medidas de seguridad e higiene ya indicadas durante el estado
de alarma :

-En caso asistir a reuniones o celebraciones, se hará uso de mascarillas, se evitará el
contacto personal y el contacto con objetos de uso compartido, y se mantendrá la
distancia de seguridad de 2 m.

-Cuando se tenga que hacer uso de entradas o salidas a cualquier espacio, ya sea
cerrado o al aire libre, se guardará la distancia de seguridad y esperará turno a fin de
evitar aglomeraciones.