Cuando la idea de formar una sociedad aparece, suele surgir porque las personas interesadas tienen unos deseos y objetivos en común, unos mismos pensamientos sobre un negocio en cuestión y están de acuerdo con como se llevará y ejecutará el proyecto.
Con el paso del tiempo, puede que todo en la empresa no vaya según lo esperado. Las dificultades económicas y las diferencias de pensamiento pueden provocar que la situación se vuelva incómoda y que alguno de los socios desees disolver y liquidar la sociedad.
Lo ideal es estos casos sería llegar a un acuerdo común entre las partes, comprar , vender o simplemente liquidar y cerrar la sociedad.
Pero, ¿ qué ocurre si alguno de los socios se niega ?
El primer paso es solicitar al administrador una junta general de los socios en la que el único punto a tratar sea la «liquidación y cierre de la sociedad «.
En la junta, se deberán alegar las causas por las que se solicita la disolución. En caso de no exponerlas, el resto de socios pueden negar dicha petición.
Entre las causas alegadas, caben alguna de las señaladas en la Ley de Sociedades:
– Qué haya cesado el periodo de actividad por el que se formó la sociedad.
– Qué se haya logrado el objeto u objetivo por el que se formó la sociedad.
– Qué se manifieste la imposibilidad de conseguir el objeto por el cual se formó la sociedad.
– Que los órganos sociales que forman la sociedad se paralicen, impidiendo el correcto funcionamiento de la misma. Este caso ocurre cuando los socios sean 2 y su participación corresponda al 50% a cada uno. Si ante una decisión una de las partes da su voto negativo, la actividad en ese caso se paraliza y puede afectar negativamente al ejercicio general de la empresa.
Si quien solicita el cierre de la sociedad fuese un socio mayoritario, lograría facilmente que se cumpla este objetivo.
Sin embargo, si se trata de un socio minoritario o que posee el 50% y no consigue una respuesta afirmativa, deberá llevar la propuesta ante un juez para que se decida en los tribunales.
Si formas parte de una sociedad y deseas su disolución, consulta con nuestros asesores de CEConsulting Torrevieja. Estudiarán tu caso en particular y te guiarán en cada paso del proceso.
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