Cuando en nuestra empresa surge la necesidad de adquirir un bien, tres son las palabras que suelen formar nuestras opciones: compra , leasing o renting.
La opción de compra está clara. Utilizaremos parte de los fondos de nuestra empresa o tendremos que solicitar un préstamo para ello.
Esta operación siempre presenta cierto riesgo y conlleva más gastos asociados a ella: seguros, revisiones, reparaciones, precio final más elevado debido a los intereses en caso de financiación…
Si nuestra empresa posee un balance positivo y fondos suficientes como para poder realizar ese desembolso sin comprometer la posibilidad de hacer frente a futuros imprevistos, podemos plantearnos elegir la compra como opción válida.
Sin embargo, cuando el poder económico de nuestro negocio es limitado, no disponemos de fondos suficientes o creemos que no merece la pena en invertir en bienes que van a perder valor o pueden quedarse obsoletos en un corto periodo de tiempo, el leasing o el renting merecen nuestra atención.
Pero, ¿ qué diferencia existe entre las dos y cual conviene a mi empresa ?
Ambos son un tipo de alquiler, pero existen diferencias notables.
1. Leasing.
En el leasing, nuestra empresa alquila un bien con opción a compra al final del contrato.
La titularidad del bien pertenece al arrendador durante toda la duración del contrato, pero los gastos que puedan surgir debido a reparaciones, seguros, perdidas..deben ser cubiertos por el arrendatario.
Si nos viésemos obligados a cancelar el contrato antes de su finalización ( no siendo esto posible antes de dos años ), estaríamos obligados al pago de comisiones y penalizaciones, además del abono de la totalidad de las cuotas pendientes hasta la fecha de fin de contrato.
2. Renting.
Esta suele ser una operación de alquiler de medio a largo plazo, sin periodos mínimos obligados y hasta un máximo de 60 meses.
La mayor ventaja del renting es que en la cuota mensual está ya incluidos todos los gastos asociados al bien, no teniendo que preocuparnos por nada, incluso al término del contrato, en el que, simplemente, devolveremos el bien y podremos disponer de otro si así lo necesitamos.
A simple vista, el renting suele ser una opción mucho más atractiva para las empresas, pero te recomendamos que consultes a tu gestor, ya que, aunque las tres operaciones pueden tener beneficios fiscales para nuestro negocio, no se contabilizan de igual manera y dependerá siempre de las necesidades reales de cada empresa.
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