En estos tiempos en los que la búsqueda de empleo de ha convertido en una tarea realmente complicada, muchos son los que, animados por las bonificaciones y subvenciones ofrecidas por la Seguridad Social y las Comunidades autónomas, deciden convertirse en autónomos y así otorgarse una oportunidad en su pequeña empresa.

Estos emprendedores pueden así beneficiarse, en líneas generales, de las siguientes bonificaciones y subvenciones:

1. Tarifa plana de 60€ para los nuevos autónomos.

Desde el 1 de enero de 2019, los nuevos autónomos pueden disfrutar durante los 12 primeros meses de su actividad de una cuota reducida de tan sólo 60€ al mes.

De los 12 a los 18 meses siguientes se disfrutará de una reducción del 50% de la cuota general ( 283,32€) y del mes 18 al 24 de una reducción del 30%.

Para poder obtener esta reducción no se debe haber estado dado de alta como autónomo en los dos años anteriores ( 3 años si ya se benefició anteriormente de la tarifa plana ). Tampoco se aplicará si el autónomo es administrador de sociedades o si eres autónomo colaborador. En este último caso la bonificación será del 50% durante los 18 primeros meses y del 25% los 6 meses siguientes.

En el caso de ser autónomo con discapacidad, los 12 primeros meses abonarían la tarifa plana de 60€ si cotizan por la base mínima, o una reducción del 80% si la base de cotización es superior.

Del mes 13 al 60 se aplicaría una reducción del 50% con independencia de la base elegida.

2. Subvención a fondo perdido por primer establecimiento.

Esta subvención tendrá como cuantía máxima 10.000 euros, que será determinada por cada Comunidad Autónoma, valorándose la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de los siguientes colectivos:

• Desempleados en general. • Jóvenes desempleados de 30 o menos años. • Mujeres desempleadas (en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán hasta en un 10%). • Desempleados con discapacidad.

Su concesión suele venir determinada si el emprendedor realiza una inversión de capital de al menos 5000€, y debe permanecer dado de alta entre 2 y 3 años o deberá devolver la subvención otorgada.

3. Subvención financiera.

Este tipo de subvención goza de una rebaja de hasta 4 puntos en el tipo de interés que haya fijado la entidad bancaria o financiera que conceda el préstamo para poner en marcha el proyecto.

La cuantía máxima es también de 10.000€.

4. Subvención para asistencia técnica.

Para aquellos que necesiten la contratación de empresas externas para mejorar el funcionamiento de su empresa, existe una subvención para reducir el 75 % del coste de los servicios prestados, con un tope de 2.000 euros.

5. Subvención a la formación.

Si necesitas formación para comenzar a emprender, la cuantía de esta subvención será del 75% del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000 euros.

En CeConsulting te acompañaremos en tu aventura como emprendedor. Cuéntanos tus proyectos. Juntos, la gestión de su puesta en marcha será mucho más fácil y rápida.